<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<rss xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" version="2.0"><channel><title>DerechoInformatico.mx - Latest Comments</title><link xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom" rel="http://api.friendfeed.com/2008/03#sup" href="http://disqus.com/sup/all.sup#forumcomments-25f4ca55" type="application/json"/><link>http://derechoinformaticomx.disqus.com/</link><description>El primer portal de derecho informático en México</description><atom:link href="http://derechoinformaticomx.disqus.com/comments.rss" rel="self"></atom:link><language>en</language><lastBuildDate>Mon, 14 May 2012 20:42:06 -0000</lastBuildDate><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-528940714</link><description>&lt;p&gt;Maria del carmen &lt;br&gt;por medio d ela presente hago constar que mi correo ha sido jaqueado mas de una ves&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;sabiendo de la persona responsable de los hechos que procede  &lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Carmen-max</dc:creator><pubDate>Mon, 14 May 2012 20:42:06 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-474962059</link><description>&lt;p&gt;Mi muy estimado Mt-16.&lt;br&gt;Por lo visto todos estos años en la escuela no te han servido de nada.&lt;br&gt;De la manera más atenta te pido que aprendas a escribir bien.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Pedro</dc:creator><pubDate>Fri, 23 Mar 2012 21:28:41 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-418810376</link><description>&lt;p&gt;Buen Día: escuche en 88.9 su página y por tal motivo me dirijo a ud.Actualmente soy directora de Ventas de una Casa Productora Workaholic sin Slogan, y tenemos un cliente que nos solicitó realizar un sitio web, idéntico al de &lt;a href="http://adidas.com" rel="nofollow"&gt;adidas.com&lt;/a&gt;, por motivos jurídicos no es posible ya que en apartado legal de dicho sitio, obviamente está protegido&lt;br&gt;por leyes alemanas, por derechos de autor,en en diseño, etc... el punto importante es que yo ya hice del conocimiento de mi cliente esta situación y su argumento fue que era muy poco probable que Adidas se diera cuenta que se había plagiado su sitio, hasta el momento no se ha trabajado esa cuenta.Pero mi duda es la siguiente: si se realiza dicho sitio, en que situación legal queda mi empresa? y si existe un documento en donde mi empresa se deslinde de la responsabilidad jurídica que traería consigo la realización del sitio? evidentemente tenemos los medios para realizarla pero no queremos que esto nos lleve a problemas legales.Muchas Gracias.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">maria elena f</dc:creator><pubDate>Mon, 23 Jan 2012 13:06:40 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-380365535</link><description>&lt;p&gt;Buenas tardes,&lt;br&gt;le escribo porque buscando informacion en internet sobre derecho informatico me aparece su nombre, no le quiero molestar ni robar su tiempo pero necesitaria en buen consejo di una persona esperta en materia de derecho informatico. Me llamo Raquel Maria Ripoll Sala, soy espanola pero vivo en Italia, vera', me llego' por internet hace tiempo una email donde me enviaban un cuestionario para rellenar, firmar y devolver por correo con el fin de registar mi pagina web en una base de datos (europe bussines guide) solo que este correo no decia que esto fuera a pagamento y entonces lo hice, para mi y para otra empresa. Dos meses despues me arriva por correo una fattura de cerca de 1000 euros, asi que hago una email a la persona que me envio el cuestionario y le digo que no sabia que era a pagamento este servicio, que en email no me decia nada, que si lo hubiese sabido no lo habria enviado...que por favor me cancelasen de la base de datos, que ha sido un error y que en la email no mencionaba que este servicio de registro fuera a pagamento...asi que hago analizar el cuestionario que rellené y en letra pequenia esta escrito que cuesta 900 euros, no entiedo porque no me cancelan de la base de datos y ya esta' porque insisten por fax, por email, por correo que tengo que pagar, estoy desesperada y nadie me puede ayudar porque esta todo escrito en ingles. Le pido porfavor si me pudiera dar un pequenio consejo visto que usted entiende de esta materia. Para mi actualmente es una situacion muy delicada, no estoy trabajando, tengo una gran deuda con los impuestos en italia, he suspendido la mia hipoteca porque no puedo pagar, tengo una nena de 19 meses y no estoy casada y ahora este estupido email me pone en mas dificultades.&lt;br&gt;Le agredeceria enormemente solo un simple consejo porque no se a quien podria dirijirme&lt;br&gt;Mis mas cordiales saludos&lt;br&gt;Raquel Maria Ripoll Sala &lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Raquel</dc:creator><pubDate>Tue, 06 Dec 2011 11:05:11 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-379299778</link><description>&lt;p&gt;hola joel eso de la espada en la pared es que el asunto lo estan manteniendo interno y especularon que se procederia a tomar acciones legales contra mi, si me puedes proporcionar un poco de tu tiempo solo para tener una idea de a que me enfrento,el sistema ya esta distribuido a otras entidades educativas este proceso ya lleba alrededor de 4 meses. te agradeceria checaras mi caso. bye gracias &lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Mt-16</dc:creator><pubDate>Sun, 04 Dec 2011 22:27:57 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-377904161</link><description>&lt;p&gt;Saludos, soy nuevo en esto, e intento comprender un poco sobre el derecho informatico, lamento usar este medio para aclarar mi duda y espero a la brevedad alguien me pueda ayudar.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Llevo la materia de DERECHO&lt;br&gt;INFORMATICO, y el profe nos dio un ejemplo que a continuación les menciono:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt; &lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Imaginemos que una persona X autor&lt;br&gt;de un software (derecho de autor), contrata a varias personas Y, para que hagan&lt;br&gt;modificaciones/nuevas aplicaciones al software, pasa la primer quincena, la 2da&lt;br&gt;quincena y así sucesivamente, sin embargo NO les paga. (Las personas Y, nunca&lt;br&gt;firmaron un contrato laboral).&lt;/p&gt;

&lt;p&gt; &lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Pregunta:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;¿De que manera pueden las&lt;br&gt;personas “Y” darle un escarmiento, para hacer que les pague?, obviamente por la&lt;br&gt;vía legal del DERECHO INFORMATICO.&lt;br&gt; (Que no sea por la via penal ni laboral). mi correo es ange.morte@yahoo.com graxias.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Ange Morte</dc:creator><pubDate>Fri, 02 Dec 2011 15:33:56 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-367066430</link><description>&lt;p&gt;va mucho mas que eso amigo esta ley es como la sb1070 del internet ,en caso de ser aprobada se sentaria un precedente para mas regulacion, cualquier gobierno debe de mantener sus sucias manos alejadas de la red , saludos desde arizona&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Omar Magallon</dc:creator><pubDate>Thu, 17 Nov 2011 19:37:32 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-360180886</link><description>&lt;p&gt;Que se puede esperar del gobierno cuando sus aplicaciones online siguen REQUIRIENDO tecnología obsoleta como Internet Explorer 8??&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Oscar</dc:creator><pubDate>Thu, 10 Nov 2011 12:44:53 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-358848523</link><description>&lt;p&gt;Muy interesante...&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Servando Mondragón V</dc:creator><pubDate>Tue, 08 Nov 2011 20:25:43 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-346200898</link><description>&lt;p&gt;Por mucha gente es sabido, que ya desde hace tiempo la nación asiática censura fuertemente la internet, el comentario al resaltar es que Estados Unidos quiere entender las reglas chinas que regulan el bloqueo de sitios de internet para que los portales extranjeros puedan adoptar políticas que les eviten ser bloqueados, sin embargo no sólo ha solicitado ésta información, sino que también quiere ha pedido obtener los datos sobre los mecanismos de la censura en internet de China y si la implementa directamente el gobierno o si bien es a través de los proveedores de servicios de internet.&lt;br&gt;La pregunta es ¿Hasta dónde puede intervenir E.U.A en otros Estados? Sin son politicas de censura, es obvio que no se le darán conocer, por qué no dejar su politica internvencionista al emnos en éste ambito?&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Ana_moreno_86</dc:creator><pubDate>Wed, 26 Oct 2011 22:35:32 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-344600531</link><description>&lt;p&gt;A qué te refieres con que "te tienen entre la espada y la pared"?&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Joel Gómez Treviño</dc:creator><pubDate>Wed, 26 Oct 2011 01:31:52 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-344599468</link><description>&lt;p&gt;Necesitaría un poco más de información para orientarte. Los correos tienen validez legal, pero no necesariamente eso los hace "documentos oficiales".&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Joel Gómez Treviño</dc:creator><pubDate>Wed, 26 Oct 2011 01:30:25 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-344598901</link><description>&lt;p&gt;Qué tipo de ayuda necesitas Teresa? Estoy a tus órdenes.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Joel Gómez Treviño</dc:creator><pubDate>Wed, 26 Oct 2011 01:29:42 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-344439526</link><description>&lt;p&gt;La publicidad de las actividades y resultados de los órganos del Estado es una obligacgión plasmada en el artículo 6o constitucional aparentemente limitada a la "información". El uso de las nuevas y progresivamente avanzadas tecnologías facilita exponencialmente el cumplimiento de tal oblgación pero no basta con la creación de sitios web, utilización de servidores de alta capacidad y rendimiento, y toda la demás infraestructura y licencias de uso de software entre otros elementos, es necesario facilitar el acceso a toda persona. En ese tenor me parece necesario plantearnos lo siguiente ¿Cual debe ser el alcance del derecho fundamental a la información, y sus garantías?  ¿Que tipo de relación existe entre derecho a la información e informática jurídica? ¿Existe un derecho fundamental "oculto" o implicito en la concepción de la informática jurídica que debe ser creado o ampliado? como por ejemplo ampliación del alcance al derecho a la educación, o bien, creación del derecho fundamental de acceso a herramientas informáticas como internet?  Atentamente  Leonardo Flores Solís&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Leonardo Flores Solís</dc:creator><pubDate>Tue, 25 Oct 2011 20:13:02 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-342972166</link><description>&lt;p&gt;con que ley puedo demostrar que un correo electronico institucioanl es un documento oficial dentro de la administracion publica federal?? Gracias por ayudarme.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Gsilvaga</dc:creator><pubDate>Mon, 24 Oct 2011 14:44:44 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-341044838</link><description>&lt;p&gt;Disculpa me gustaría que me auxiliará sobre el Tema Delitos Informáticos, dicha información sería utilizada para consulta de alumnos dentro de  La Universidad Autonoma de Tamaulipas, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Se agradecería mucho. contactame: mina.2mb@gmail.com&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Teresa Charles</dc:creator><pubDate>Fri, 21 Oct 2011 19:18:54 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Acerca de</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/about/#comment-319680221</link><description>&lt;p&gt;Amigo, sabes cuales son las normas que rigen el derecho informático en México?? gracias por toda la información&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Ozmarfong</dc:creator><pubDate>Sun, 25 Sep 2011 14:13:00 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-317018317</link><description>&lt;p&gt;Una noticia importante para proteger al consumidor en el plano internacional se dio en Estados Unidos, ya que ampliaron la protección del consumidor frente a las  aerolíneas, desde  el verano, las aerolíneas de este país deberán compensar con el doble del importe a cada pasajero que se vea forzado a cambiar su itinerario como causa de la sobreventa de boletos por la compañía. Es una de varias medidas, que apuntan a problemas del sector como las demoras de los vuelos en la losa de los aeropuertos, la pérdida de equipajes y la publicidad de precios engañosa. Con esto no podrán mantener a los pasajeros aguardando en el avión por más de cuatro horas, a riesgo de recibir multas por 27.500 dólares. En el área de cobros por equipaje adicional, muy usados por las compañías para compensar el aumento de costos, se establece que esos cobros deberán ser reembolsados cuando la aerolínea pierda las maletas.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Mario Escobar</dc:creator><pubDate>Wed, 21 Sep 2011 19:51:32 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-317017867</link><description>&lt;p&gt;El constante ataque de spamers en las comunicaciones electrónicas dio como consecuencia que el director para América Latina de Iron Port, Jorge Padres, en entrevista a la agencia de noticias de México Notimex advirtiera que han salido a la luz nuevas formas de cometer fraudes en la red surgiendo una nueva forma de obtener cuentas de correo para el envío de spam conocida como DHA. Explicó que el DHA son ataques que hacen los spamers para tratar de identificar cuentas de correo electrónico, que a diferencia de lo que antes se hacia con las cadenas en las que se veían las direcciones de otras personas, ahora se hace con un programa de cómputo.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">J Arzate</dc:creator><pubDate>Wed, 21 Sep 2011 19:51:03 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-310391833</link><description>&lt;p&gt;La Procuraduría Federal del Consumidor establece en su portal un servicio muy eficiente que consiste en un monitoreo que realiza a las tiendas que ofrecen productos al consumidor por internet, estas tiendas reciben el nombre de tiendas virtuales, el control que se realiza nos da como resultado que se nos proporcione información acerca de que tiendas no son confiables o poco confiables.&lt;br&gt;Algunas  de las características que analiza son el nombre del sitio, la dirección de internet, el domicilio fisíco, políticas sobre privacidad y seguridad, protección de datos personales, eficiencia en la entrega y cuestiones relativas a la devolución de mercancías, correo electrónico. Estas medidas pueden ser de gran utilidad para los consumidores para que no se vean afectados en las compras que realizan por internet.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Mario Escobar</dc:creator><pubDate>Wed, 14 Sep 2011 19:34:23 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-310382777</link><description>&lt;p&gt;El comercio electrónico ha tenido un notable incremento desde que se encuentra protegido por la Ley Federal de Protección al Consumidor y por los Lineamientos de Protección al Consumidor de la OCDE, sin embargo, ello no obsta para siga existiendo un alto grado de desconfianza entre las personas que utilizan este tipo de medios de compra.&lt;br&gt;De acuerdo con el Informe de Comercio Eléctronico de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, realizado en 2003, el 95% de las transacciones electrónicas se realizaron en Estados Unidos, Reino Unido y los países nórdicos, mientras que África y América Latina (Brasil, México y Argentina), representaron menos del uno por ciento del total de las transacciones realizadas por esta vía.Es muy común que dentro de los principales problemas a los que se enfrenta el consumidor cuando emplea el comercio electrónico, se encuentren la entrega de los bienes, información falsa respecto de los bienes o servicios, dificultad para contactar con el proveedor y negativa de reembolso por parte del vendedor.Es importante que no sólo exista legislación en materia de protección al consumidor en el comercio electrónico, sino que también se difunda la información para propiciar mayor confianza en los consumidores al realizar transacciones electrónicas.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">J Arzate</dc:creator><pubDate>Wed, 14 Sep 2011 19:30:47 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-306157359</link><description>&lt;p&gt;hola, soy un universitario que les pide un consejo legal, obtube acceso a el portal universitario, mi descubrimiento se popularizo, me tienen entre la espada y la pared, necesito un consejo profesional por eso acudi a ustedes. gracias&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Mt-16</dc:creator><pubDate>Fri, 09 Sep 2011 16:15:27 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-304476059</link><description>&lt;p&gt;Actualmente es mucho mas rápido obtener un permiso para constituir sociedades mercantiles, ya que mediante medios electrónicos se puede obtener una denominación completamente libre de ocupación, lo único que se necestia es tener una firma electrónica avanzada y hacer el pago de los derechos respectivos para que obtengamos dicho permiso autorizado. Con esto se pretende que sea menos complicado la existencia de empresas.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Mario Escobar</dc:creator><pubDate>Wed, 07 Sep 2011 17:05:33 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-304475226</link><description>&lt;p&gt;Es importante destacar que el Registro Público de Comercio cada día es más eficiente en dar respuesta a los actos que en él se inscriben por medios electrónicos, mediante una firma electrónica avanzada, la cual permite dar celeridad al comercio, sin embargo aún falta mucho por hacer en cuanto a que falta legislar aspectos que podrían eficientizar aún más este tipo de trámites.&lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Jocelyn Arzate</dc:creator><pubDate>Wed, 07 Sep 2011 17:04:37 -0000</pubDate></item><item><title>Re: Foro</title><link>http://www.derechoinformatico.mx/blog/foro/#comment-302594131</link><description>&lt;p&gt;Me acabo de encotrar con la noticia de que ahora ya es posible el envío de Constancia de folio vía electrónica. El "Envío de Constancia de Folio Vía Electrónica", es un servicio mediante el cual el Registro Público de la Propiedad y de Comercio permite obtener una copia electrónica de cada una de las inscripciones que figuran en el Folio solicitado.Previamente a la solicitud del servicio, se cuenta con un formulario mediante el cual usted podrá comprobar si el Folio se encuentra disponible en formato electrónico.  Con esto se agilizan los tramites del RPP y en cuanrto a este mecanismo electronico, no es necesario ya salir y desplazarse a la institucion para obtener esta informacion. &lt;/p&gt;</description><dc:creator xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">Morilla_68</dc:creator><pubDate>Sun, 04 Sep 2011 18:41:19 -0000</pubDate></item></channel></rss>
